Por la presente, se establecen incentivos por cumplimiento y bonificaciones del impuesto sobre los Ingresos Brutos.
El mencionado incentivo rige para los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos régimen directo o de convenio multilateral con sede en la Provincia de Río Negro, que desarrollen actividades de producción, comerciales, de servicios y/o primarias. Estos sujetos deberán cumplir con los requisitos que establece el artículo 2 de la normativa en cuestión para gozar de las bonificaciones que pueden ser del 30%, 45%, 50% y 65% dependiendo de la actividad que desarrollen.