Régimen de promoción de inversiones mineras. Importación de bienes. Derechos de Importación. Exclusión. Reglamentación.
Se reglamentan las condiciones de utilización del beneficio de exención del pago de derechos de importación, con exclusión de las demás tasas retributivas del servicio, por la importación de bienes de capital, equipos especiales, partes, repuestos, y componentes de dichos bienes, y de los insumos que fueren necesarios para la ejecución de actividades comprendidas en el régimen de promoción de inversiones mineras.
La presente resolución entra en vigencia y es de aplicación a partir del 28/10/2019.