Regímenes especiales. Régimen de incentivo fiscal para el desarrollo del autopartismo argentino. Requisitos formales. Adecuación.
Se adecuan determinados requisitos formales para solicitar el beneficio de bono de crédito fiscal previsto en el régimen de incentivo fiscal para el desarrollo del autopartismo argentino -Ley (PL) 27.263-.
Entre las adecuaciones, se destacan:
- La autoridad de aplicación determinará los proveedores en base a la información aportada por el solicitante mediante el “Formulario Proveedores independientes locales internacionalizados”.
- Cuando se solicite el beneficio por compras locales a realizar en el plazo de 18 meses, o habiéndolas efectuado, las mismas no se encontraren aún verificadas, la empresa beneficiaria deberá declarar el monto a adquirir en dicho plazo, o bien el monto adquirido y no verificado, en dólares estadounidenses.
- El solicitante deberá adjuntar una declaración jurada con la firma del máximo responsable o estar aprobada por Acta de reunión de directorio o, alternativamente a la declaración jurada, adjuntar certificación contable de un profesional independiente, certificada por el correspondiente Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En ambos casos, se deberá manifestar el carácter del profesional interviniente, especificando si guarda vínculo laboral con la solicitante de los beneficios.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia y son de aplicación a partir del 08/08/2019.