Régimen de fomento para las micro, pequeñas y medianas empresas. Requisitos. Adecuación.
Se establece que el requisito de poseer una cantidad máxima de empleados ocupados para la categorización como micro, pequeña y mediana empresa será únicamente aplicable para contribuyentes que practiquen la actividad de comisionista, consignatario o agencia de viajes mayoristas y minoristas, siempre que el 70% de sus ventas totales anuales expresadas en pesos provengan de dicha actividad.
La presente norma entra en vigencia y es de aplicación a partir del 05/06/2018.