Promoción de la industria del software. Subsecretaría de Industria Organismo encargado de la aceptación de la inscripción.
Queda facultada la Subsecretaría de Industria para realizar la aceptación expresa de la solicitud de reinscripción en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos.
Cumplidos los requisitos y formalidades que hacen a la solicitud de inscripción, la Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación y Promoción Industrial emitirá un informe, que será elevado a la Subsecretaría de Industria, indicando la procedencia o no de la inscripción en el Registro, y dejará expresa constancia sobre los aspectos considerados y la normativa aplicable, recomendando la aceptación o rechazo de la solicitud.
Por último, en caso de corresponder, la Subsecretaría de Industria se expedirá por acto administrativo con relación a la inclusión del solicitante en el respectivo régimen.
La presente resolución tiene vigencia y es de aplicación a partir del 10/02/2015.