Modificación de Categorías y Clasificación de actividades económicas. Micro, pequeñas y medianas empresas.
Mediante la presente Resolución emitida por la Secretaría Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, se establecen los siguientes montos en pesos de ventas totales anuales hasta los cuales una empresa es considerada micro, pequeña o mediana.
- Sector Agropecuario: $54.000.000
- Sector Industrial y Minería: $183.000.000
- Sector Comercio: $250.000.000
- Sector Servicios: $63.000.000
- Sector Construcción: $84.000.000
Se considera ventas totales anuales al valor de las ventas que surja del promedio de los 3 últimos Estados Contables certificado por Contador Público, excluidos el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto Interno y hasta el 50% del valor de las exportaciones.
En caso de que la empresa no posea la antigüedad necesaria para establecer dicho promedio, la Autoridad de Aplicación definirá la metodología a utilizar para determinar el concepto de ventas totales anuales de acuerdo con la información que dispongan.
Las disposiciones de la presente Resolución tiene vigencia desde el 30/04/2013 y serán de aplicación a partir del 01/05/2013.