Procedimiento. Transferencia de créditos tributarios a terceros. Se incluyen los Créditos originados en el Impuesto Inmobiliario, a los Automotores y a las Embarcaciones.
Se permite a los contribuyentes solicitar la transferencia de sus créditos tributarios en el Impuesto Inmobiliario, a la Propiedad Automotor y a las Embarcaciones a través de la página web a terceros.
Una vez que sean corroborados los requisitos solicitados, mediante el domicilio fiscal electrónico se comunicara la aprobación del trámite, junto a los importes aprobados a transferir.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia a partir del día 10/10/2019 y son de aplicación a partir del 11/10/2019.