Procedimiento. Solicitud de compensación vía web. Requisitos para gozar de exenciones.
Se establece que los contribuyentes podrán efectuar la compensación de sus obligaciones únicamente mediante la página web de la Dirección General de Rentas de Córdoba.
Adicionalmente, se modifican los requisitos para solicitar las exenciones en los impuestos, entre las que podemos mencionar que se incorpora para las mutuales el requisito de presentar un certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias o una admisión formal de dicha solicitud para solicitar exenciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Asimismo, para quienes realicen las actividades de obra pública, con la Provincia de Córdoba, en el marco de la Ley (PL) 8.614, deberán acompañar, además de los certificados de obra en los que conste la exención correspondiente, la resolución por autoridad competente de su jurisdicción de la adecuación del monto contractual y/o con procedimiento de redeterminación de precios para las obras iniciadas antes del 2017, si las obras no estuvieran incluidas en la Resolución Ministerial (Min. Viv., Arq. y Obras viales) 66/2017.
La presente resolución entra en vigencia el 02/01/2019 y es de aplicación desde el 03/01/2019.