Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Impuesto de Sellos. Agente de recaudación. Cambios de imputación de excedentes ingresados. Procedimiento.
Se aprueba el procedimiento web que deberán cumplir los agentes de recaudación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos para requerir el cambio de imputación generados con motivo del ingreso erróneo de pagos, ya fuera por encontrarse erróneo el código de actividad, el régimen de pago, o por haberse efectuado el pago de una misma obligación dos veces.
En este sentido, para efectuar la solicitud se deberá acceder a la página web de ARBA, con clave CIT, y completar los datos requeridos. Entre ellos deberán informar el impuesto, actividad (régimen de recaudación), régimen de pago (percepción/retención – quincenal/mensual) y período por el que se originó el excedente cuyo cambio de imputación se solicita.
Finalizada la carga de los datos, el sistema verificará la existencia del excedentes y saldos deudores, y se visualizará la forma en que los cancelará, y el agente deberá confirmar si se encuentra de acuerdo con dicha compensación. Una vez confirmado, el sistema imputará el excedente, en forma automática e inmediata, a la cancelación de los saldos deudores registrados, en el orden expuesto por la aplicación. Una vez finalizado el proceso, se emitirá el comprobante del trámite realizado, F. R-339 W.
La presente ley entra en vigencia desde el 31/12/2018, y es de aplicación a partir del 01/01/2019.