Regímenes especiales. Promoción de la industria del software. Ingreso por parte de los beneficiarios del costo de las tareas de auditorías del régimen.
A través de la presente Resolución se establece que serán los propios beneficiarios quienes solventen las tareas de auditoría y de evaluación del Régimen de Promoción de la Industria del Software, abonando un 7% de los beneficios fiscales que se otorguen.
Cabe destacar que el mencionado régimen prevé, entre otros, los siguientes beneficios:
- Otorgamiento de estabilidad fiscal por 10 años.
- Un bono del 70% de las contribuciones patronales efectivamente pagados, para aquellos sujetos que desempeñen actividades de investigación y desarrollo en software y/o procesos de certificación de calidad de software desarrollado en el territorio nacional y/o exportaciones de software.