Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen de Recaudación sobre Acreditaciones Bancarias. Contribuyentes de Convenio Multilateral. Exclusiones.
Se realizan modificaciones respecto de las exclusiones aplicables al Régimen de Recaudación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos Sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) aplicable a los contribuyentes de Convenio Multilateral.
En este sentido, se amplía la exclusión relacionada con la acreditación de fondos destinados a aportes de capital a cuentas de personas jurídicas o cuentas de personas humanas abiertas a tal efecto, y se elimina la exclusión para operaciones efectuadas mediante el canal de transferencias inmediatas de fondos denominado “Plataforma de pagos móviles”.
Por último, se sustituye el Régimen de Información Decenal de las recaudaciones efectuadas por un Régimen de Información Trimestral, el cual será de aplicación para los agentes de recaudación, respecto de las exclusiones al citado régimen, por transferencias en concepto de aportes de capital de personas humanas y restitución de fondos previamente embargados y detraídos de las cuentas bancarias.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia desde el 26/06/2019 y son de aplicación a partir del 01/07/2019.