Impuesto sobre los ingresos brutos. Régimen de percepción. Alícuotas Aplicables. Modificación.
Se establece como la alícuota para el cálculo del régimen general de percepción del impuesto sobre los ingresos bruto a la alícuota general vigente -3,6%-, salvo las excepciones previstas expresamente.
La presente resolución tiene vigencia desde el 08/04/2014 y es de aplicación a partir del 09/08/2014.