Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Adecuación de vencimientos para la presentación de las Declaraciones Juradas de los agentes de retención y percepción incluidos en el SIRCAR.
Se modifican las fechas de vencimiento adecuándose a la modalidad quincenal para la presentación de declaraciones juradas y pago por parte de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el SIRCAR, correspondientes a los meses de junio a diciembre del año 2014.
Las fechas de vencimientos estarán vigentes en la medida que las jurisdicciones adopten esta opción por los mecanismos pertinentes.
La presente resolución posee vigencia a partir del 26/6/2014 y es de aplicación a partir del 5/7/2014.