Procedimiento de alta de oficio en el impuesto sobre los ingresos brutos por parte de jurisdicciones locales.
Se establece un procedimiento a los efectos de registrar el alta de oficio en el impuesto sobres los ingresos brutos de contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral.
Los planteos que puedan realizar los contribuyentes respecto de las altas de oficio se regirán conforme a las normas de procedimiento locales de las jurisdicciones involucradas.
La presente resolución posee vigencia desde el 25/04/2014 y aplicación desde el 1/05/2014.