Resolución General (CA) 3/2011 – B.O.

Entidades emisoras, comercializadoras, administradoras y/o licenciatarias del sistema de tarjetas de crédito. Distribución ingresos provenientes de servicios prestados. Aclaración.

 

Por medio de la presente, se establece que las entidades emisoras, comercializadoras, administradoras y/o licenciatarias del sistema de tarjetas de crédito deberán atribuir los ingresos de la siguiente forma:

  • Los ingresos provenientes de servicios prestados: 50% en función de los gastos efectivamente soportados en cada jurisdicción, y 50% en proporción a los ingresos provenientes de cada jurisdicción.
  • Los provenientes de cargos financieros: 80% en la jurisdicción donde se encuentre domiciliado el sujeto con el que se realiza la operación, y 20% en la jurisdicción donde se encuentra la administración o sede central.

Cabe aclarar, que las disposiciones de la presente resolución aplican para la determinación de los coeficientes unificados a utilizar en el ejercicio fiscal 2012.