Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Registro Único Tributario – Padrón Federal. Creación.
Se crea el Registro Único Tributario – Padrón Federal, registro bajo el cual los contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo la modalidad de Convenio Multilateral deberán realizar su inscripción y cese en el gravamen, modificación de datos, dar inicio y cese de jurisdicciones, entre otras acciones.
Dicho registro será administrado por la Administración Federal de Ingresos Públicos, y deberá accederse al mismo por la página web del organismo -www.afip.gob.ar-.
Al respecto, las jurisdicciones que se adhieren a este registro son:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Rio Negro, Salta, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia desde el 10/07/2019 y son de aplicación para cada una de las jurisdicciones según el cronograma que se establezca oportunamente.