Procedimiento. Garantías en seguridad de obligaciones fiscales. Derechos de exportación. Extensión del plazo de pagos.
Se prorroga hasta el 30/09/2020, la posibilidad de continuar utilizando la modalidad de garantía “Declaración jurada del exportador” establecida por la Resolución General (AFIP) 3885/2016.
Dicha prorroga será aplicable únicamente a aquellos exportadores que se encuentren inscriptos en el Registro MiPyMEs dispuesto por la Ley 24.467 y sus modificatorias, inclusive para aquellos que presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social ante la AFIP.
Las disposiciones de la presente Resolución entran en vigencia y son de aplicación a partir del 06/08/2020.