Procedimiento. Medidas cautelares. Suspensión. Prórroga.
Se prórroga, del 31/07/2020 al 31/08/2020, inclusive, la suspensión de la traba de medidas cautelares para contribuyentes inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMEs” o que se encuentren categorizadas como “Potenciales Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II.” en Sistema Registral de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia y son de aplicación a partir del 24/07/2020.