Garantías por obligaciones fiscales para PyMEs exportadoras. Flexibilización de condiciones.
Se establece para aquellos exportadores inscriptos en el Registro MiPyMEs que presentaren incumplimientos impositivos o previsionales frente a AFIP, la posibilidad de utilizar la garantía “Declaración Jurada del exportador” por el plazo de 90 días.
La disposición de la presente resolución entra en vigencia desde el 01/06/2020 y es de aplicación a partir del 09/06/2020.