Impuesto a las Ganancias. Trabajo en relación de dependencia. Formulario 572 Web SiRADIG. Declaración jurada anual por parte del empleador. Extensión de los plazos.
Se extiende del 31/03/2020 al 30/04/2020 el plazo para presentar el formulario de declaración jurada F.572 Web SiRADIG correspondiente al período fiscal 2019, por parte de los empleados en relación de dependencia, de las personas que cobren jubilación y/o pensión y de los actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores.
En este sentido, a los empleadores y/o a los que paguen las rentas de los sujetos mencionados en el párrafo anterior, se les extiende el plazo para realizar la liquidación anual correspondiente al aludido período hasta el 29/05/2020, inclusive. Cabe destacar que anteriormente dicho plazo era hasta el 30/04/2020.
Al respecto, indicamos que el importe determinado en dicha liquidación anual será retenido o reintegrado, según sea cada caso, cuando se efectúe el primer pago posterior o, en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el día 10/06/2020, inclusive.
Las disposiciones de la presente Resolución entran en vigencia y son de aplicación a partir del 20/03/2020.