Impuesto Sobre los Bienes Personales. Bienes en el exterior sujetos al gravamen. Pago a cuenta de los períodos fiscal 2019 y 2020.
Se establece un pago a cuenta de la declaración jurada de Impuesto Sobre los Bienes Personales correspondiente a los periodos fiscales 2019 y 2020, para las personas humanas y sucesiones indivisas radicadas en el país que posean, en dichos períodos fiscales, bienes en el exterior sujetos al gravamen.
Las disposiciones de la presente entran en vigencia y son de aplicación a partir del 07/02/2020.