Régimen de Promoción para el desarrollo y la producción de Biotecnología moderna. Beneficios impositivos. Requisitos, plazos y condiciones. Establecimiento.
Se establecen los requisitos, plazos y condiciones para gozar de los beneficios impositivos del Régimen de promoción para el desarrollo y la producción de la Biotecnología Moderna -Ley (PL) 26.270-.
Los beneficios impositivos del presente régimen consisten en la posibilidad de solicitar la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias por los bienes de capital, equipos especiales, partes o elementos componentes de dichos bienes, nuevos, adquiridos con destino al proyecto promovido y/o solicitar la devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado correspondiente a la adquisición de los aludidos bienes.
A fin de acceder a dichos beneficios, los responsables deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Poseer CUIT con estado activo.
- Contar con el alta en el Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Ganancias.
- Declarar y mantener actualizado el domicilio fiscal y el domicilio fiscal electrónico.
- Tener actualizado el código de actividad desarrollada, según el “Clasificador de Actividades Económicas” (C.L.A.E.).
- Haber presentado, de corresponder, las declaraciones juradas de los Impuestos a las Ganancias, a la Ganancia Mínima Presunta, Sobre los Bienes Personales, del Impuesto al Valor Agregado y de los recursos de la seguridad social, correspondientes a los períodos fiscales no prescriptos, o a los transcurridos desde el inicio de la actividad, cuando esta haya tenido lugar en un período no prescripto.
- No registrar incumplimientos en la presentación de las declaraciones juradas informativas a las que los responsables se encuentren obligados.
- Haber presentado, de corresponder, la garantía establecida en el Anexo de la Resolución (SEyPyME) 368/2019.
Asimismo, será condición necesaria para la aplicación de los beneficios, que la Autoridad de Aplicación comunique fehacientemente su aprobación a la AFIP.
Los contribuyentes deberán solicitar los beneficios ingresando al servicio “Presentaciones digitales” de la página web de la AFIP y seleccionando el trámite “Promoción del Desarrollo y Producción de la biotecnología Moderna”.
En el mencionado servicio, se deberá ingresar determinada información en función al beneficio solicitado. La misma será evaluada por la AFIP y, de cumplirse con los requisitos formales, se informará el otorgamiento del beneficio.
Las disposiciones de la presente normativa entran en vigencia y son de aplicación a partir del 03/02/2020.