Resolución General (AFIP) 4667/2020– B.O.

Plan de Facilidades de Pago. Régimen de regularización de obligaciones vencidas al 30/11/2019. MiPyME y Asociaciones sin fines de lucro. Reglamentación.

 

Se reglamenta el régimen de regularización de obligaciones tributarias, de los recursos de seguridad social y aduaneras vencidas al 30/11/2019 (Ver Ley (PL) 27.541 de nuestro Tax Report N° 144 del mes de diciembre de 2019) para los contribuyentes y responsables que se encuentren inscriptos como MiPyMEs y para las asociaciones sin fines de lucro.

Al respecto, destacamos las siguientes disposiciones:

  • Se deberán cumplir los siguientes requisitos para la adhesión al presente régimen de regularización:
    • Tener vigente el Certificado MiPyME.
    • En el caso de entidades civiles sin fines de lucro, poseer alguna de las formas jurídicas que se indican taxativamente en la presente norma.
    • Tener presentadas las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas de las obligaciones que se regularizan.
    • Tener declarado el CBU de la cuenta a través de la cual se debitarán los importes correspondientes al plan.
    • Tener constituido el domicilio fiscal electrónico.
  • La condonación de intereses resarcitorios y punitorios aplica solo para las obligaciones de capital comprendidas en el régimen, siempre que se hayan cancelado antes del 23/12/2019.
  • Se entenderá por firmes a las multas y demás sanciones emergentes de actos administrativos que, a la fecha del acogimiento o al 23/12/2019, según corresponda, se hallaren consentidas o ejecutoriadas, cualquiera sea la instancia en que se encontrasen (administrativa, contencioso administrativa o judicial).
  • La condonación de multas y demás sanciones por incumplimiento de obligaciones formales susceptibles de ser subsanadas se aplicará en la medida que no se encuentren firmes ni abonadas y se cumpla con el respectivo deber formal con anterioridad al 30/04/2020.
  • Se suspende e interrumpe las acciones penales en curso y el curso de la prescripción de la acción penal, respectivamente.
  • Se establece que el monto mínimo de cada cuota será de $1.000.
  • Si la adhesión se realizó en febrero o marzo de 2020, la primera cuota vencerá el 16/07/2020, mientras que si la misma se realiza en abril, el vencimiento será el 16/05/2020. Para el caso de refinanciaciones, la primera cuota vencerá a partir del mes de marzo, según el mes en que se realice la refinanciación.
  • Se podrá solicitar, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota, la cancelación anticipada del total de la deuda.
  • Se podrá refinanciar los planes de facilidades de pago vigentes siempre que su presentación haya sido realizada a través del servicio de “Mis Facilidades” y las obligaciones sean susceptibles de regularización.
  • La adhesión se podrá realizar por el servicio “Sistema de Cuentas Tributarias”, cuando se opte por la compensación de obligaciones con saldos de libre disponibilidad, o por la opción “Regularización Excepcional – Ley N° 27.541” del servicio “Mis Facilidades”
  • Por último, se producirá la caducidad de pleno derecho del plan en los siguientes casos:
    • Planes de hasta 40 cuotas: Falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda.
    • Planes de 41 a 80 cuotas: Falta de cancelación de 4 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la cuarta de ellas.
    • Planes de 80 a 120 cuotas: Falta de cancelación de 6 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la sexta de ellas.
    • Independientemente de la cantidad de cuotas, ante falta de ingreso de la/s cuota/s cancelada/s, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

 

Las disposiciones de la presente Resolución entran en vigencia y son de aplicación a partir del 31/01/2020.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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