Procedimiento. Emisión de Notas de Crédito y/o Débito. Prórroga.
Se prorroga hasta el 01/02/2020 la entrada en vigencia de la Resolución General (AFIP) 4540/2019, la cual estableció, entre otras cosas, que la emisión de notas de débito y/o crédito deberá efectuarse dentro de los 15 días corridos de producido el hecho o situación que requiera su documentación (Ver nuestro Tax Report N°140 del mes de agosto de 2019).
Por otro lado, se establece que, a los efectos de determinar el monto negociable de los documentos incluidos en el Régimen de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs, no aplica la presente prórroga.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia y son de aplicación a partir del 30/09/2019.