Impuesto a las Ganancias. Régimen de percepción. Importación definitiva de bienes. Alícuotas diferenciales. Eliminación.
Se derogan las disposiciones que impedían la aplicación de certificados de no retención en el Impuesto a las Ganancias ante percepciones de este impuesto por importación definitiva de bienes cuyo valor FOB fuera inferior al 95% del valor criterio de Aduana, operaciones para las cuales se disponían las alícuotas diferenciales del 11% en los casos de importación para el uso particular y del 7% para el resto de las importaciones.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia desde el 17/09/2019 y son de aplicación a partir del 01/10/2019.