Plan de Facilidades de Pago Temporario de hasta 120 cuotas. Obligaciones vencidas hasta el 15/08/2019. Reformulación de planes.

 

Se establece un plan de facilidades de pago aplicable para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas, así como también sus respectivos intereses y multas, vencidas hasta el 15/08/2019, inclusive.

Cabe mencionar que dicho plan podrá realizarse desde el 02/09/2019 hasta el 31/10/2019, ambos inclusive.

Al respecto rescatamos las siguientes disposiciones:

  • Quedaran excluidos del presente plan de facilidades, entre otros:
    – Los anticipos y/o pagos a cuenta.
    – El Impuesto al Valor Agregado que deba ingresarse por prestaciones de servicios -incluidos los digitales- realizadas en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país, y por prestaciones de servicios realizadas en el país por sujetos radicados en el exterior, incluso cuando el solicitante se trate de responsable sustituto.
    – Los aportes y contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del servicio doméstico y trabajadores de casas particulares.
    – Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
    – Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
    – Las obligaciones regularizadas en planes de facilidades de pago cuya caducidad haya operado a partir del 01/08/2019.
    – Las obligaciones correspondientes al Impuesto a las Ganancias e Impuesto Sobre los Bienes personales cuyo vencimiento hubiese operado a partir del 01/05/2019
    – Deudas de origen aduanero.
    – Retenciones y percepciones con destino al Régimen de Seguridad Social.
    – Las multas, intereses y accesorios de deudas de capital que no puedan incluirse en el presente régimen.

 

  • Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. La 1° de ellas vencerá el 16/12/2019. Las siguientes el día 16 de cada mes.
  • La tasa de financiación de la primera cuota (vencimiento 16/12/2019) se reducirá a un tercio cuando se consolide el plan durante el mes de septiembre, y en caso de consolidarse en el mes de octubre, la reducción será del 50%.
  • La cantidad de cuotas máximas, plazos, topes y porcentajes de pago a cuenta se exponen en el siguiente cuadro:

 

Categorización del contribuyente y/o tipo de deuda Pago a cuenta Cantidad de cuotas Reducción de tasa efectiva mensual (TM20) de financiamiento: Tope de tasa
 Micro, pequeñas y medianas  –  120  60%  2,50%
 Monotributistas y autónomos  –  120  60%  2,50%
 Planes de facilidades de pago caducados durante julio 2019 o rechazados
a partir del 01/07/2019
 5%  36  80%  –
 Resto de contribuyentes.  5%
10%
20%
 36
48
60
 80%
70%
60%
 –

2,50%
  • Se deberán encontrar presentadas las declaraciones juradas determinativas de impuesto de las obligaciones que se pretendan adherir.
  • Se podrá solicitar la cancelación anticipada del total de la deuda por única vez, presentando una multinota en los términos de la Resolución General (AFIP) 1128/2001 en la dependencia correspondiente al contribuyente.
  • El presente plan caducará de pleno derecho y sin necesitad de intervención de la Administración Federal de Ingresos Públicos cuando no se cancelen hasta 3 cuotas a los 60 días del vencimiento de la tercera de ellas y la falta de ingreso de las cuotas no canceladas 60 días posteriores al vencimiento de la última cuota.
  • En caso de incluirse deudas en discusión administrativa o judicial, los responsables deberán allanarse previamente a las pretensiones del fisco de acuerdo a lo establecido por la Resolución General (AFIP) 1253/2002.
  • Respecto de las deudas en ejecución judicial, en caso de existir embargos sobre fondos o valores, una vez acreditada la adhesión al régimen de facilidades de pago se levantará la respectiva medida cautelar.

Por otro lado, se establece que podrán reformularse los planes de facilidades de pago establecidos por la Resolución General (AFIP) 4477/2019 -Plan especial de 60 cuotas- (Ver nuestro Tax Report N° 137 del mes de mayo de 2019) que se hayan constituido por obligaciones impositivas y previsionales de micro, pequeñas y medianas empresas inscriptas en el “Registro de Empresas MiPyMES”, así como también las obligaciones correspondientes a los monotributistas, y/o el Régimen de Trabajadores Autónomos.

A tales efectos se establece que podrán ser reformulados en hasta 120 cuotas, sin la obligación de realizar un pago a cuenta y con una tasa de interés de acuerdo al siguiente cuadro:

 

Intereses de financiación cuota 1 consolidación en mayo Intereses de financiación cuota 1 consolidación en junio Intereses de financiación cuota 1 consolidación en julio Intereses de financiación cuota 1 consolidación en agosto Intereses de financiación cuotas 2 y siguientes (Trimestrales Tope de tasa
 TM20 x 60%/5  TM20 x 60%/4  TM20 x 60%/3  TM20 x 60%/2  TM20 x 60%  2,50%

Por último, destacamos que se suspenden por 90 días corridos desde el 14/08/2019, la traba de medidas cautelares para micro, pequeñas y medianas empresas.

Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia desde el 21/08/2019 y son de aplicación para las adhesiones realizadas a partir del 02/09/2019.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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