Plan de Facilidades de Pago de hasta 60 cuotas -RG (AFIP) 4477/2019-. Inclusión de obligaciones vencidas hasta el 30/04/2019 y de planes de facilidades de pago caducos en julio de 2019 o rechazados a partir del 01/07/2019.
Se establecen modificaciones respecto a las deudas a incluir en el Plan de Facilidad de Pagos dispuesto por la Resolución General (AFIP) 4477/2019 (Ver nuestro Tax Report N° 137 del mes de mayo del 2019).
En primera medida, se extiende hasta el 30/04/2019 las obligaciones vencidas que se podrán incluir en el plan, manteniendo, para aquellos casos en los que se pueda confeccionar el plan de pagos en hasta 60 cuotas, la tasa de financiación mensual tope del 2,5%.
En segunda medida, se incorpora un nuevo tipo de plan que permite regularizar obligaciones vencidas al 30/04/2019 que hayan sido incluidas en planes de facilidades de pago -generales, sectoriales, regionales o especiales- cuya caducidad haya operado durante el mes de julio de 2019, o hayan sido rechazados a partir del 01/07/2019.
En cuanto a las condiciones de este tipo de plan, se destaca que la adhesión se efectuará con un pago a cuenta del 5% de la deuda consolidada y se tendrá un máximo de hasta 36 cuotas (En este caso la tasa de financiación no tendría el tope del 2,5%).
La adhesión a este tipo de plan podrá realizarse recién a partir del 12/08/2019, mediante el servicio de “Mis Facilidades” de AFIP.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia y son de aplicación a partir del 01/08/2019.