Impuesto Sobre los Bienes Personales. Cálculo de anticipos. Adecuación.
Se modifica el procedimiento para el cálculo de los anticipos del Impuesto Sobre los Bienes Personales del periodo fiscal 2019.
En este sentido, se establece que los mismos se obtendrán considerando el impuesto que se determinaría en función de la escala establecida para el periodo fiscal 2019 sobre el monto total de bienes gravados del periodo fiscal 2018, del cual se detraerán los montos del inmueble destinado a casa-habitación, siempre que el mismo sea igual o inferior a $ 18.000.000, la incidencia de dicho inmueble en la presunción de objetos personales y del hogar y el mínimo no imponible aplicable al periodo 2019 de $ 2.000.000.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia y son de aplicación desde el 12/07/2019.