Impuesto a las Ganancias. Personas Humanas y Sucesiones Indivisas. Cálculo de anticipos. Adecuación.
Se efectúan adecuaciones en el cálculo de los anticipos para las personas humanas y sucesiones indivisas, considerando la incidencia de los incrementos anuales de las deducciones personales, los tramos de la escala del impuesto y montos fijos establecidos en el artículo 90 de la ley del gravamen.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia desde el 12/07/2019 y son de aplicación para los anticipos correspondientes a los periodos fiscales 2019 y siguientes.