Procedimiento. Honorarios de representantes del fisco. Tasa de interés.
Se dispone que, a los fines del cálculo del interés en caso de mora en el pago de honorarios correspondiente a procuradores, agentes fiscales, representantes del fisco, abogados u otros funcionarios patrocinantes del Organismo, se empleará la tasa pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia desde el 01/07/2019 y son de aplicación a partir del 10/07/2019.