Plan de Facilidad de Pagos. Obligaciones vencidas hasta el 31/01/2019. Contribuyentes no categorizados como MiPyME. Plazo para la adhesión. Prórroga.
Se prorroga hasta el 31/07/2019 el plazo hasta el cual los contribuyentes no categorizados como MiPyME podrán adherirse al Régimen de Facilidades de Pago de hasta 60 cuotas, por deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31/01/2019 -Resolución General (AFIP) 4477/2019 (Ver nuestro Tax Report N° 137 del mes de mayo del 2019)-, siempre y cuando la adhesión se efectúe ingresando un pago a cuenta del 20% de la deuda consolidada.
Cabe recordar que, realizando el mencionado pago a cuenta, el plan tendrá una tasa de interés tope del 2,5% mensual.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia desde el 26/06/2019 y son de aplicación hasta el 31/07/2019.