Impuesto a la Renta Financiera. Prórroga.
Se prorroga el vencimiento de la declaración jurada del impuesto cedular, el cual se dispone para el 19/06/2018.
A su vez, para su presentación, se establece como opción confeccionarla dentro del servicio “Ganancias Personas Humanas – Portal Ingresado” mediante una de las siguientes modalidades:
- Declaración jurada detallada: se consignarán los importes individuales por cada tipo de renta.
- Declaración jurada simplificada: se informarán los importes totales por cada tipo de renta.
En el caso de que se optare por la declaración simplificada, se deberán conservar los papeles de trabajo que respalden el cálculo de los ingresos totales.
Las disposiciones de la presente entran en vigencia y son de aplicación a partir del 06/06/2019.