Impuesto al Valor Agregado. Régimen de percepción. Importación definitiva de cosas muebles. Modificación de excepciones y alícuotas.
Se elimina la excepción para determinadas operaciones sujetas al Régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado por operaciones de importación definitiva de cosas muebles, dispuesta por la Resolución General (AFIP) 2937.
Adicionalmente, se modifican determinadas alícuotas aplicables, tanto para el caso de responsables inscriptos el Impuesto al Valor Agregado como para aquellos que no acrediten su calidad de exentos o no alcanzados, pasando a estar en el orden del 20% ó 10%, dependiendo de si las operaciones involucradas se encuentran gravadas a la alícuota del 21% o 10,50%.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia desde el 17/04/2019 y son de aplicación a partir del 22/04/2019.