Régimen de importación de mercaderías a través de Servicio Portales PSP/ Courier. Procedimiento. Modificación.
Se modifica el procedimiento aplicable para la importación de mercaderías para consumo personal que se ingresen al país mediante el sistema Servicios Portales PSP/ Courier.
En este sentido, se elimina el requisito de que los usuarios confirmen su compra en forma previa a la procedencia de la entrega de los bienes, siendo ahora el Courier quien informe a la AFIP, dentro de las 24hs de la entrega, la CUIT, CUIL o CDI del sujeto que recibe los envíos.
Asimismo, los usuarios podrán consultar el detalle del envío, así como también el prestador del servicio de Courier actuante y la afectación del cupo, ingresando con clave fiscal al servicio “Envíos Postales Internacionales” de la página web de la AFIP.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia y son de aplicación a partir del 01/04/2019 para aquellos envíos que aún no hayan sido liberados a plaza.