Plan de Facilidades de Pago. Plan especial por deudas vencidas al 30/09/2018. Plazo. Adecuación.
Se extiende el plazo para acogerse al régimen de facilidades de pago, en hasta 48 cuotas, por deudas vencidas al 30/09/2018 -Resolución General (AFIP) 4289/2018 (Ver nuestro Tax Report N° 128 del mes de agosto de 2018)-, hasta el 31/01/2019.
Asimismo, se dispone que no podrán incluirse dentro de un nuevo plan de facilidades de pago aquellas obligaciones que ya hubiesen sido incorporadas en un plan normado por la citada Resolución General, y el mismo hubiese quedado caduco.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia desde el 28/12/2019 y son de aplicación a partir del 01/01/2019.