Plan de Facilidades de Pago. Régimen Permanente. Cantidad máxima de cuotas y planes. Disposiciones transitorias a partir del 01/12/2018.
Se establecen determinadas adecuaciones al Plan de Facilidad de Pagos Permanente –Resolución General (AFIP) 4268/2018 (Ver nuestro Tax Report N° 128 del mes de julio de 2018)–, con el objeto de incrementar, para determinados contribuyentes y tipos de deudas, la cantidad máxima de cuotas y planes de facilidad de pago admisibles en forma concurrente.
En primer lugar, se establece que las micro, pequeñas y medianas empresas -tramo 1- podrán, desde el 01/12/2018 y hasta el 28/02/2019, confeccionar hasta 6 planes de facilidad de pagos para regularizar sus obligaciones por tipo de deudas generales y en gestión judicial.
En segundo lugar, se incrementa de 12 a 24, la cantidad máxima de cuotas a partir de la cual los contribuyentes y responsables podrán cancelar, desde el 01/12/2018 y hasta el 31/03/2019, deudas originadas en ajustes de fiscalización.
La presente norma entra en vigencia desde el 29/11/2018 y es de aplicación a partir del 01/12/2018.