Transferencias de automotores y motovehículos usados. Tramitación del Certificado de Transferencia Automotor (CETA) sin clave fiscal.
Se establece que, a partir del 03/12/2018, el Certificado de Transferencia Automotor (CETA) por la venta de automotores y motovehiculos usados realizada por sujetos no habitualistas, se podrá tramitar sin clave fiscal, a través de la opción “CETA – Certificado de Transferencia de Automotores” de la página web de la AFIP.
Asimismo, se establece que dicho certificado no deberá presentarse impreso ante el Registro de la Propiedad del Automotor, ya que el mismo se encontrará disponible para su consulta en forma online, en la página web de la AFIP.
La presente norma entra en vigencia desde el 29/11/2018 y es de aplicación a partir del 03/12/2018.