Actividad financiera. Adecuación del régimen de información y registración SITER.
Se adecua la información a suministrar por parte de los sujetos obligados del régimen de información y registración SITER, relacionado con la actividad financiera -Anexo III de la Resolución General (AFIP) 3421/2012-.
Al respecto, mencionamos ciertas modificaciones:
- A partir del 01/01/2019 se amplía el universo de cuentas por las que las entidades financieras deben informar los movimientos, saldos, montos acumulados y consumos a la AFIP.
- Se incrementa el importe mínimo de operaciones a partir del cual se debe informar.
- A partir del 01/01/2019, los agentes de liquidación y compensación y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión deberán informar al Fisco, de manera mensual, las ventas de títulos valores públicos o privados negociados en el país, suscripciones, rescates, operaciones de pase y/o caución, y movimientos de fondos entre los agentes de liquidación y compensación y sus comitentes.
- A partir del período fiscal 2018, se establece un régimen de información anual a cumplir por la Caja de Valores SA, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión. El mismo deberá cumplirse hasta el 28 de febrero del año inmediato siguiente al que se informa.
- Para todos los casos, los regímenes de información podrán presentarse mediante transferencia electrónica de datos o por intercambio de información mediante el webservice denominado “Presentación de DDJJ – perfil contribuyente”, y en caso de inexistencia de operaciones se presentarán con la novedad “Sin movimiento”.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia desde el 29/08/2018 y son de aplicación a partir del 01/01/2019 para las operaciones efectuadas por las entidades financieras y Agentes de liquidación y compensación y sociedades depositarias de fondos comunes de inversión. En cambio, para las entidades intervinientes en el mercado de capitales argentinos, las disposiciones son de aplicación para el período fiscal 2018 y siguientes.