Impuesto a las Ganancias. Retención sobre intereses de deudas entre sociedades.
Se deja sin efecto a partir del 01/01/2018, la Resolución General (AFIP) 500/1999, la cual establecía un régimen de retención del Impuesto a las Ganancias sobre los intereses de deuda entre sociedades, a la tasa del 35%.
Asimismo, a partir de la entrada en vigencia de la Ley (PL) 27.430 -Reforma Tributaria-, se establece que los intereses de deuda estarán alcanzados por el Régimen General de Retención del Impuesto a las Ganancias dispuesto por la Resolución General (AFIP) 830/2000.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia y son de aplicación a partir del 26/03/2018.