Régimen de Sinceramiento Fiscal. Plazo especial adicional para presentar la documentación hasta el 17/04/2017.
Se concede un plazo especial hasta el 17/04/2017, únicamente para presentar la documentación referida al Régimen de Sinceramiento Fiscal (Ley (PL) 27.260), siempre y cuando se manifieste inequívoca y expresamente la voluntad de exteriorizar bienes al 31/03/2017 y se cumplan los siguientes requisitos:
- Haber ingresado al 31/03/2017 la totalidad del impuesto especial correspondiente;
- Afectación de los fondos a la adquisición de títulos públicos o suscripción o adquisición de cuotas partes de fondos comunes de inversión, conforme las alternativas establecidas por el artículo 42 de la Ley (PL) 27.260 y sus normas reglamentarias.
La manifestación expresa implicará el reconocimiento de la existencia y valuación de bienes a declarar, no admitiéndose en ningún caso ampliación alguna de la base imponible a posteriori del 31/03/2017.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia y son de aplicación a partir del 23/03/2017.