Plan de Facilidades de Pago. La AFIP extendió el plazo para exteriorizar dinero en efectivo y estableció precisiones sobre la valuación de aeronaves, yates y similares a sincerar.
En el marco del Régimen de Sinceramiento Fiscal establecido por la Ley (PL) 27260, la AFIP establece que el depósito de las tenencias de moneda nacional o extranjera en efectivo se podrá efectivizar hasta el día 21/11/2016 inclusive, siempre que se hubiera efectuado la apertura de la cuenta bancaria especial antes del 31/10/2016.
Adicionalmente, dispuso que la valuación de las aeronaves, naves, yates y similares, radicados en el país, que pretendan declarar las personas humanas o sucesiones indivisas, deberá surgir de una constancia emitida por una entidad aseguradora que opere bajo la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación, suscripta por persona habilitada, sin la obligación de que la firma esté autenticada por la citada superintendencia.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia y son de aplicación a partir del 21/10/2016.