Se elimina el bloqueo de la CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) y se crea un nuevo procedimiento de evaluación periódica sobre los contribuyentes.
Se deja sin efecto la cancelación de la CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) establecida por la RG (AFIP) 3358 y se la reemplaza por una evaluación periódica sobre los contribuyentes.
A tal efecto, se establece el sistema “Estados Administrativos de la CUIT”, en el cual se podrán observar los diversos incumplimientos y/o inconsistencias que registra cada contribuyente y, consecuentemente, las limitaciones de acceso a los diferentes servicios y trámites que se pueden realizar en la página web de la AFIP.
Asimismo, como resultado de las evaluaciones periódicas, los contribuyentes podrán alertar los cambios de su estado administrativo en los servicios de AFIP “e-ventanilla”, “Domicilio Fiscal Electrónico” o “Sistema Registral”.
Por último, a fin de rehabilitar el estado administrativo de la CUIT, se deberá constituir domicilio fiscal electrónico y regularizar las inconsistencias informadas por la AFIP, además de tener actualizadas las actividades, altas en impuestos, presentación de declaraciones juradas vencidas, entre otras.
La presente resolución tiene vigencia y es de aplicación a partir del 03/03/2016.