Registro de Operaciones Inmobiliarias. Sujetos dedicados a operaciones de compraventa y/o locación de inmuebles. Régimen de Información de operaciones inmobiliarias. Prórroga de la entrada en vigencia.
Se prorroga al 1 de Julio de 2015 la entrada en vigencia del “Régimen de Información de Operaciones Inmobiliarias” para los sujetos que asuman el carácter de locadores, arrendadores, cedentes o similares, según lo dispuesto por la Resolución General (AFIP) 2820.
Cabe recordar que las operaciones comprendidas en el presente régimen de información que resultan afectadas por la prórroga son:
- Locación, alquiler o arrendamiento de bienes inmuebles, incluidos los efectuados bajo la modalidad de leasing, por cuenta propia o con la intervención de intermediarios, cuando las rentas brutas devengadas por dichas operaciones en su conjunto, sumen un monto igual o superior a $ 8.000 mensuales.
- Locación de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles (locales comerciales, “stands”, góndolas, etc.) por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros cuando las rentas brutas devengadas por dichas operaciones en su conjunto, sumen un monto igual o superior a $ 8.000 mensuales.
- La cesión de derechos reales y/o cesiones o contratos que impliquen derechos de uso a título oneroso sobre inmuebles urbanos, excepto hipoteca y anticresis, cuando las rentas brutas devengadas por dichas operaciones en su conjunto, sumen un monto igual o superior a $ 8.000 mensuales.
La presente resolución tiene vigencia desde el 25/02/2015 y es de aplicación a partir del 01/07/2015.