Retenciones y percepciones. Determinación e ingreso. Implementación del Sistema Integral de Retenciones electrónicas (SIRE). Reemplazo del aplicativo “SIJP – Retenciones y percepciones” y “SICORE”.
Se crea el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) que reemplazará al aplicativo “SIJP – Retenciones y percepciones” y sustituirá de forma progresiva al aplicativo “SICORE”.
En esta primera etapa, se utilizará únicamente para los agentes de retención y percepción que actúen como tal en los regímenes de la Seguridad Social y del Impuesto a las Ganancias por rentas a beneficiarios del exterior.
Los sujetos comprendidos deberán:
- Ingresar el importe de las retenciones y percepciones practicadas entre los días 1 y 15, ambos días inclusive, entre los días 21 y 23 de cada mes, según el dígito verificador de la CUIT.
- Efectuar el envío de la declaración jurada informando las retenciones y/o percepciones practicadas en curso de cada mes e ingresar el saldo resultante de la misma. De esta manera, el aplicativo generará:
- El formulario F.997 (Impositiva), el cual vencerá entre los días 8 y 10 del mes siguiente al mes por el cual se está generando el formulario, según el dígito verificador de la CUIT.
- El formulario F.996 (Seguridad Social), el cual vencerá entre los días 4 y 6 del mes siguiente al mes por el cual se está generando el formulario, también según el dígito verificador de la CUIT.
La emisión de los certificados de retención y/o percepción se efectuaran a través del sitio web (www.afip.gob.ar) accediendo con clave fiscal, nivel 2 como mínimo, ingresando al servicio “Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)”.
Cabe destacar que estos serán los únicos comprobantes validos que acrediten la retención/percepción efectuada. En ese sentido, el sistema generara dos formularios:
- Formulario F.2003 (Certificado de Retención para sujetos domiciliados en el Exterior – Impuesto a las Ganancias).
- Formulario F.2004 (Certificado de Retención/Percepción de la Seguridad Social).
La determinación y el envío de las declaraciones juradas F.996 y F. 997 se generaran ingresando al servicio “Mis Aplicaciones Web” ingresando al sitio web (www.afip.gob.ar) con clave fiscal con nivel de seguridad 2 como mínimo.
La obligación de presentar información deberá cumplirse aunque no se hayan realizado movimientos, en cuyo caso se deberá informar la leyenda “sin movimientos”.
El ingreso del pago a cuenta y el saldo resultante de la declaración jurada, así como de los intereses y multas, deberá realizarse mediante transferencia electrónica de fondos. Los códigos a utilizar son:
Retenciones y Percepciones | Impuesto | Concepto | Subconcepto | |
Seguridad Social | Pago a cuenta | 353 | 27 | 27 |
Saldo DDJJ | 353 | 736 | 736 | |
Beneficiario del exterior | Pago a cuenta | 218 | 27 | 27 |
Saldo DDJJ | 218 | 19 | 19 |
Lo dispuesto en la presente resolución resultará de aplicación para las retenciones y/o percepciones de los regímenes mencionados que se efectúen a partir del 01/03/2015, con excepción de las presentaciones, originales y/o rectificativas, de periodos anteriores, en cuyo caso se utilizará el aplicativo “SICORE” y/o “SIJP – Retenciones y percepciones”, según corresponda.