Régimen de emisión de comprobantes. Imprentas, Autoimpresores e Importadores. Solicitud de impresión de comprobantes. Procedimiento. Modificación.
Se modifica el procedimiento dispuesto para solicitar la autorización de impresión de comprobantes y el régimen de información vinculado, además de actualizar ciertas cuestiones propias del ʻʻRegistro Fiscal de Imprentas, Autoimpresores e Importadoresʼʼ al que deben inscribirse quienes realicen para sí o para terceros, la impresión y/o la importación de comprobantes.
Las disposiciones establecidas en la presente resolución tienen vigencia desde el 4 de Septiembre del 2014, y son de aplicación para los responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado a partir del 1° de Abril del 2015. No obstante, desde el 1° de Noviembre del 2014 y hasta el 31 de Marzo del 2015, los sujetos alcanzados deberán continuar tramitando sus solicitudes de autorización de impresión de comprobantes, e ingresar las novedades de altas, bajas y modificaciones en el servicio ʻʻAutorización de Impresión de Comprobantesʼʼ, opción ʻʻABM de Puntos de Ventaʼʼ, dentro de la página web de la AFIP.