Régimen de facilidades de pago aplicable a obligaciones vencidas al 31/03/2014
Se establece un régimen especial de pago, a fin de posibilitar a los contribuyentes regularizar las obligaciones impositivas y de los recursos de seguridad social, cuyo vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del saldo resultante hubiese operado hasta el 31 de marzo de 2014, inclusive, sus intereses, actualizaciones y multas.
La cantidad máxima de cuotas mensuales es de 24, cuya tasa de interés de financiamiento será de 1,90% mensual.
La fecha límite para adherirse al régimen, se extiende desde el 25/8/2014 hasta el 29/08/2014.
En lo que respecta al caso de empleadores, la cantidad de empleados registrados deberá mantenerse sin disminuciones durante todo el período que dure el plan.
La caducidad del plan, operará de pleno derecho cuando:
- Se registre una disminución de la cantidad de empleados respecto de lo consignado en la declaración jurada F.931 para el periodo fiscal marzo de 2014.
- Se registre falta de cancelación de 2 cuotas consecutivas o alternadas a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o 1 cuota a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.
La presente resolución posee vigencia a partir del 27/05/2014 y el sistema informático estará operativo a partir del 16/06/2014.