Resolución General (AFIP) 3598 – B.O.

Régimen de promoción de la industria del software. Requisitos para solicitar certificado de exclusión de los regímenes de retención, percepción y/o pagos a cuenta del Impuesto al Valor Agregado.

 

Se establecen los requisitos y condiciones que los sujetos adheridos al Régimen de Promoción de la Industria del Software deberán cumplir a los efectos de tramitar las solicitudes de los certificados de exclusión de los regímenes de retención, percepción y/o de pagos a cuenta del IVA.

A continuación, detallamos aquellos aspectos más relevantes de la norma:

  • Requisitos para solicitar la exclusión de los regímenes de retención, percepción y/o pagos a cuenta del IVA:
  1. Revestir el carácter de responsable inscripto en el IVA.
  2. Tener actualizada la información respecto de la o las actividad/es económica/s que se realizan.
  3. Tener actualizado el domicilio fiscal declarado.
  4. Haber presentado las declaraciones juradas del IVA correspondientes a los 12 últimos períodos fiscales, o las que corresponda presentar desde el inicio de la actividad, vencidas con anterioridad a la fecha de solicitud.
  5. Haber presentado las 12 últimas declaraciones juradas de los recursos de la seguridad social, o las que corresponda presentar desde el inicio de la actividad, vencidas con anterioridad a la fecha de solicitud.
  6. Haber presentado la última declaración jurada de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y sobre los bienes personales, según corresponda, vencidas a la fecha de la solicitud.
  7. No registrar deuda líquida y exigible con la AFIP a la fecha de solicitud, por las obligaciones detalladas en los incisos d) y f) precedentes.
  8. Poseer CAI vigente al momento de presentación de la solicitud.
  9. Haber presentado, de corresponder, la declaración jurada del régimen de información anual de participaciones societarias (RG 3293) del último período fiscal vencido a la fecha de presentación de la solicitud.

 

Cabe destacar que el certificado de exclusión será aplicable solamente a las actividades incluidas en la promoción y será extendido siempre que a la fecha de presentación de la solicitud el contribuyente se encuentre inscripto y habilitado en el ¨Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos¨.

 

 

  • Presentación de la solicitud:

Las solicitudes de exclusión se formalizarán mediante transferencia electrónica de datos a través de la página “web” de la AFIP (http://www.afip.gov.ar), ingresando con “Clave Fiscal”, seleccionando la opción “Solicitud Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del Impuesto al Valor Agregado” – “Ingreso de Solicitud”.

Como constancia de la presentación realizada, el sistema emitirá un comprobante, que tendrá el carácter de acuse de recibo.

Luego de emitido el acuse de recibo de la solicitud efectuada, el solicitante deberá ingresar al sistema, dentro de los 2 días corridos contados a partir del día siguiente, inclusive, al de la presentación, a fin de consultar el resultado.

La AFIP resolverá la procedencia o la denegatoria del certificado de exclusión, pudiendo requerir la presentación de documentación adicional que estime pertinente.

En caso de que la solicitud sea observada, el sistema reflejará las inconsistencias detectadas por la AFIP, debiendo el sujeto presentarse en la dependencia en la cual se encuentra inscripto dentro de los 10 días corridos a partir del día siguiente, inclusive, al de la presentación de la solicitud, con la documentación que permita evaluar los controles efectuados.

De resultar procedente la exclusión, la misma será de carácter total, se otorgará por períodos mensuales completos y tendrá una vigencia máxima de seis 6 meses calendarios, contados a partir del primer día del mes inmediato siguiente a aquel en que sea resuelta favorablemente.

  • Procedencia/denegatoria de la exclusión:

De resultar procedente el certificado de exclusión, la AFIP publicará en su sitio ¨web¨, la denominación o razón social del solicitante y su CUIT, así como el lapso durante el cual tendrá efecto la misma. El beneficiario podrá imprimir el mencionado certificado a modo de poder demostrar tal situación.

Caso contrario, el contribuyente será notificado, pudiendo tomar conocimiento de la denegatoria de la exclusión ingresando con ¨Clave Fiscal¨ en el sitio ¨web¨ de la AFIP, al servicio ¨Certificados de Exclusión Ret/Percep del IVA y Certificados de Exclusión Percep del IVA – Aduana¨, ítem ¨Solicitud de Exclusión de Retención y/o Percepción del Impuesto al Valor Agregado – Promoción Industria del Software (CNR SOFTW)¨, y seleccionando la opción ¨Notificación de la denegatoria¨.

El solicitante podrá manifestar su disconformidad respecto de la denegatoria de exclusión, dentro del plazo de 15 días corridos, contados a partir del día inmediato siguiente, inclusive, a la fecha de la notificación, mediante la presentación de una nota, acompañada de la prueba documental de la que intente valerse para respaldar su reclamo. La presentación deberá efectuarse ante la dependencia de la AFIP en la cual el contribuyente se encuentra inscripto.

Las disposiciones establecidas en la presente resolución tienen vigencia y son de aplicación a partir del 11 de Marzo del 2014.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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