Compras de mercaderías a proveedores del exterior. Limitación.
Los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior podrán utilizar el procedimiento previsto por la RG (AFIP) 3579 solo dos veces en el año calendario. Los envíos que excedan esta cantidad deberán ser cursados por el Régimen General de Importación.
La Dirección General de Aduanas emitirá un listado de bienes exceptuados del presente régimen, el cual será publicado en la página web de la AFIP.
La mencionada norma tiene vigencia y es de aplicación a partir 22/01/2014.