Régimen de información. Operaciones comerciales minoristas a través de controladores fiscales.
Se instrumenta un régimen de información de operaciones comerciales minoristas, mediante el cual los sujetos obligados deberán informar las operaciones efectivizadas mediante controladores fiscales, las cantidades vendidas y el precio unitario facturado.
La AFIP publicara en el micro sitio www.afip.gov.ar/operacionesminoristas los sujetos que resulten obligados y los artículos a informar.
La presente norma tiene vigencia desde el 21/01/2014 y su aplicación regirá a partir del séptimo día corrido de que se le notifique su inclusión en el régimen.