Compras de mercaderías a proveedores del exterior. Declaración jurada del adquirente. Implementación.

 

Se estipula que los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, ya sea que las mismas ingresen al país vía correo oficial, prestadores de servicios postales o Courier, deberán completar online el formulario 4550 (Compras a proveedores del exterior), con el detalle de la adquisición realizada.

Dicha formulario se realiza a través de la página web de la AFIP, con clave fiscal con nivel de seguridad 2 como mínimo y deberá realizarse con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería.

Cuando corresponda el pago del arancel único del 50% sobre el valor de compra, el adquirente deberá presentarse al correo oficial o a la aduana, con la constancia del pago efectuado vía volante electrónico de pago (VEP) y la declaración jurada presentada.

Hasta tanto no se encuentre habilitado el servicio web, la presentación debe realizarse en forma manual con el formulario 4550 T.

La presente resolución tiene vigencia y es de aplicación desde el 21/01/2014.